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Los paraísos fiscales

Publicado en abril 07, 2009

Este concepto es aplicado a los territorios o estados que se caracterizan por tener una escasa o nula tributación por parte de determinadas personas o entidades, que encuentran amparo o cobertura en dichas jurisdicciones

Este concepto es aplicado a los territorios o estados que se caracterizan por tener una escasa o nula tributación por parte de determinadas personas o entidades, que encuentran amparo o cobertura en dichas jurisdicciones. Estos territorios cuentan con una infraestructura diseñada a tal fin. En concreto se consideran como paraísos fiscales a todos aquellos territorios donde no se aplica un impuesto idéntico o análogo al impuesto sobre la renta de las personas físicas, al impuesto sobre sociedades o al Impuesto sobre la renta de no residentes, según corresponda.
 
Estos territorios cuentan con un sistema dual, es decir, tienen un régimen fiscal diferente en función de si el titular reside o no en el país y hay una ausencia de normas que limiten y controlen los movimientos de capitales. Estas características los hace destinos atractivos para las grandes fortunas y como forma de evasión fiscal. Además se asegura el secreto, la confidencialidad y el anonimato.

Existen otros territorios que poseen regímenes fiscales preferenciales o de privilegio en los que la tributación real y la opacidad fiscal son similares a las de los paraísos fiscales. Sin embargo para quitarles la carga peyorativa se les ha denominado como “países de baja tributación” o “países de tributación privilegiada”.

En este sentido, la Unión Europea, encargó al Comité Ruding de expertos independientes, la elaboración de un informe que categorizara las zonas de baja fiscalidad. Las categorías son: los paraísos fiscales "clásicos", los territorios de baja fiscalidad que ofrecen ventajas fiscales a personas o entidades que ejerzan sus actividades en el extranjero y, territorios que disponen de centros de servicios muy desarrollados.

De acuerdo con la Organización para la Cooperación Económica y el Desarrollo (OECD) y el Fondo Monetario Internacional (FMI), hay cerca de 40 países en el mundo que se pueden considerar como paraísos fiscales, que son economías que combinan bajos impuestos, leyes de secreto bancario estrictas y que no cooperan con otros países en materias tributarias. De la lista destacan Andorra, Las Bahamas, Barbados, Bermudas, Emiratos Árabes Unidos, Gibraltar, Islas Caimanes, Islas Vírgenes, Jamaica, Líbano, Luxemburgo, Jordania, Islas Seychelles, Mónaco, etc.

Todos estos destinos, y otros muchos, son utilizados por elevados patrimonios que desean evitar que en sus países una parte de sus ganancias esté bajo el control de Hacienda.

Sin embargo en territorios como Andorra, Bermudas o Islas Vírgenes, depositan dinero frecuentemente las grandes empresas y, sobre todo, las grandes entidades financieras. La instalación de estas empresas en muchos casos, está justificada como planificación fiscal, y no como evasión de impuestos, siempre que la entidad demuestre su interés de expandir en la zona su negoció .El principal beneficio que obtienen por ello es un gran ahorro fiscal, al no tener que pagar impuestos, operación legal y permitida.

La ilegalidad de los paraísos fiscales sobreviene cuando se utilizan estos territorios para crear sociedades turbias, se facilita el fraude, la evasión fiscal y el lavado de dinero.

Los paraísos fiscales también inciden en el mercado, pues fomentan la especulación financiera y generan inestabilidad en el mismo. Esto se debe a que a través de sociedades fantasmas se pueden comprar acciones en la bolsa que se venderán cuando suban de valor.